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Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
A finales de junio entró en vigor la Ley 8/2013 con la que el legislador pretende orientar el sector inmobiliario y de la construcción hacia actuaciones sostenibles de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas que permitan hacer efectivo el derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada. Este sector, en la últimas dos décadas, ha centrado su crecimiento en la creación de ciudad, la construcción de vivienda nueva y la transformación de suelo virgen; y el cambio de ciclo impuesto por la crisis mundial, obliga a una reconversión del sector que posibilite el camino hacia la recuperación económica, y, lo que es crucial en estos momentos, la creación de empleo
Lo prioritario ahora es actuar sobre el patrimonio inmobiliario y la edificación existente, y, adecuar la realidad del sector inmobiliario español a las exigencias europeas en materia de sostenibilidad social, económica o ambiental. Por ello, el Estado debe promover políticas que atiendan las demandas sociales de un medio urbano sostenible y que acerquen nuestro marco normativo al marco europeo, sobre todo en relación con los objetivos de rehabilitación del parque inmobiliario, competencia, eficiencia y ahorro energético (Directiva 2010/31/UE).
Por último, vamos a destacar en este comentario, la necesaria cooperación entre las diferentes administraciones y demás sujetos que tienen competencia en estas intervenciones o actuaciones: como las Comunidades de Vecinos, cooperativas o los propietarios. El Estado con esta Ley asume sus competencias para crear un marco legal que respete la necesaria uniformidad y cohesión territorial en principios como la calidad o la sostenibilidad social, económica y ambiental; así como dotar de instrumentos que faciliten la cooperación entre las distintas Administraciones dada la complejidad funcional de estos objetivos.
Para cualquier aclaración puede llamar a nuestro teléfono de consultas jurídicas 807 464 850