sep 24, 2010

Autónomos y subsidio de desempleo

El 6 de noviembre entrará en vigor la ley que reconoce el derecho de los trabajadores autónomos a cobrar el subsidio de desempleo (Ley 32/2010).

Los trabajadores autónomos que quieran acceder a este subsidio deberán estar afiliados y en situación de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen de los Trabajadores del Mar, tener cubierto el período mínimo de cotización por cese de actividad, encontrarse en situación legal de cese de actividad, no haber cumplido la edad ordinaria para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación y hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

Además, deberán solicitar el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad a la misma Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social con la que tengan cubierta la protección por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

El período mínimo de cotización para acceder al subsidio será de cuatro años y la prestación máxima será de un años. Además, la cuantía de la prestación sera del 70 % de la base de cotización media de los últimos doce meses.

2 Respuestas a “Autónomos y subsidio de desempleo”

  1. admin dice:

    Suerte en la búsqueda de trabajo; seguro que con paciencia y una buena planificación podrás conseguir nuevamente encontrar un puesto de trabajo.

  2. Antonio dice:

    Un solución para salir del paro en momentos difíciles. No es la solución, pero por lo menos permite seguir adelante hasta conseguir un empleo.
    Estoy buscando un empleo hace algunos meses. Está muy difícil. Ahora encontré esta bolsa de empleo con avisos de toda España que me está ayudando bastante. Ojalá pronto encuentre trabajo.
    Saludos.


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