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Reforma laboral
ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES

jun 21, 2010

COACCIONES Y AMENAZAS EN EL COBRO A MOROSOS

En esta época, donde las deudas y los morosos se multiplican exponencialmente, la actuación de los acreedores y las empresas de gestión de cobros deja en numerosas ocasiones mucho que desear. Si bien es cierto, que la mora en el pago es un problema para la sociedad en su conjunto, la forma de gestionar el cobro crea actuaciones antijurídicas y tipificadas en nuestro Código Penal como coacciones y amenazas.
 
Recientemente, a dos trabajadores de una conocida empresa del sector de gestión de cobros, el Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia les ha condenado a pagar una multa de 20 días con cuota diaria de 60 euros, por coaccionar y amenazar a una madre y su hija para cobrar una deuda. Las mujeres denunciaron los hechos porque se sentían amenazadas y tenían miedo. Así, los condenados aporreaban la puerta, entraron incluso en el inmueble sin que estuvieran presentes las denunciantes, hicieron diversas llamadas exigiéndole el pago mediante insultos y amenazas, utilizaban expresiones violentas y agresivas, etc.
 
Ante estos abusos es recomendable denunciar los hechos ante los juzgados o la policía, sin perjuicio de otras numerosas quejas o alegaciones que pueden ser pertinentes, dependiendo de la situación concreta, como, por ejemplo, las quejas ante la Agencia de Protección de Datos cuando se trate de datos personales mal gestionados.

La entrada fue posteada el Lunes, junio 21st, 2010 at 11:28 am y se encuentra en la categoría Actualidad Jca., Ec., Social. Puede seguir la entrada por RSS 2.0 feed. Puede dejar su respuesta, o trackback desde su sitio.

3 Respuestas a “COACCIONES Y AMENAZAS EN EL COBRO A MOROSOS”

  1. Gestores de cobro dice:
    24 septiembre 2010 en 16:07 pm

    Gestores de cobro con servicios profesionales de atención al cliente son definitivamente más sólidos que los que no tienen un conocimiento grande del mercado ni de movimientos principales, en teoría

  2. admin dice:
    21 junio 2010 en 16:34 pm

    Esperemos que sea el primer paso para regular un sector económico en auge, para que los acreedores puedan reclamar de manera extrajudicial sus créditos pendientes de cobro de manera transparente, y los deudores, proteger sus derechos más fundamentales y evitar así los múltiples conflictos que actualmente se producen a diario.

  3. iuriscivilis dice:
    21 junio 2010 en 16:06 pm

    Mientras esperamos que el legislador se tome la molestia de crear un marco jurídico adecuado que regule los aspectos y el ejercicio de esta profesión, se ha creado la Asociación Española Profesional de Gestores de Cobro (AEPGC), como una entidad sin ánimo de lucro, independiente, de carácter cultural, informativo y educativo. Su Fundación tiene como objeto defender la actividad de la gestión de cobro de deudas en todos sus aspectos, incluida la protección y defensa del consumidor y usuario. Para ello la Asociación fomenta la educación y formación a través de cursos de especialización así como promueve la necesidad de legislar el acceso y ejercicio a la misma. Entre sus objetivos está el proteger los intereses del sector, mantener informados a todos sus miembros velando en todo caso por la integridad profesional y progreso de la profesión. La primera actuación de la entidad ha sido la de impulsar el primer curso superior universitario de “Experto en gestión de cobro de deudas” que empezó su andadura en el mes de febrero de este año. Un saludo.


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