Archivo de junio, 2010
jun 17, 2010
Reforma laboral
La Reforma Laboral ya está aquí. El Gobierno la ha aprobado por decreto en el Consejo de Ministros del 16 de junio.
- Derecho a guardar silencio, a no contestar alguna de las preguntas o manifestar que sólo declarará ante el Juez.
- A no declarar contra sí mismo o a no declararse culpable.
- A designar abogado o a tener uno de oficio.
- A que se comunique su detención a un familiar
- A ser asistido por un interprete si no conoce el idioma.
- A ser reconocido por un médico.
- A ser informado de los hechos que se le imputan de una manera comprensible para el detenido.
La labor del abogado en estos casos es muy importante, aunque, a rasgos generales, se crea que es una intervención superflua. El abogado deberá ser informado verbalmente de la imputación que pesa sobre el cliente y tendrá que preguntar a su cliente; si ha recibido un trato vejatorio o inadecuado, la existencia de un interrogatorio coactivo, si ha sido interrogado antes de la llegada del abogado, etc. Todos estos aspectos deberán ser reflejados en el acta al finalizar la declaración.
